Dirección de Estudios del Tribunal Constitucional
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24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 18 / Inciso 1° Principio de suficiencia o solvencia de la seguridad social. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 1 / Artículo 1 / Inciso 4° Principio de suficiencia o solvencia de la seguridad social. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 1 / Artículo 1 / Inciso 4° La Constitución garantiza la existencia de un nivel mínimo y obligatorio de prestaciones para proteger a las personas de los riesgos sociales. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 18 / Inciso 1° La Constitución garantiza la existencia de un nivel mínimo y obligatorio de prestaciones para proteger a las personas de los riesgos sociales. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 18 / Inciso 1° La ley puede autorizar el retiro parcial o total de los fondos previsionales, pero siempre y cuando detrás de ello existan motivos de seguridad social (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 18 / Inciso 1° La inversión de los Fondos previsionales debe tener como único objetivo la obtención de una adecuada rentabilidad, con la mayor seguridad. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 3 / Inciso 2° El plazo para objetar la factura es manifestación del derecho a defensa. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 3 / Inciso 2° La extinción del derecho a reclamar contra el contenido de la factura o de la falta de entrega de las mercaderías o la no prestación del servicio, no cercena el derecho a defensa. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 2 / Inciso 2° El procedimiento para perseguir el cobro de las facturas no consagra una desigualdad calificable como arbitraria (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 3 / Inciso 6° La aplicación concreta del artículo 74, inciso final, del DL N° 1.094, que establece normas sobre extranjeros en Chile no satisface las garantías mínimas para sancionar válidamente una conducta infraccional. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 3 / Inciso 6° La aplicación concreta de los artículos 79, inc. 1° y final, y 74, inc. final, del DL. 1.094 de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile, vulnera la exigencia de un racional y justo procedimiento administrativo. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 1 / Artículo 1 / Inciso 1° El derecho a la identidad de género es una derivación del derecho general a la identidad personal. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 1 / Artículo 5 / Inciso 2° El derecho a la identidad de género es una derivación del derecho general a la identidad personal. Y está recogido implícitamente en diversos tratados internacionales sobre derechos fundamentales ratificados por Chile. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 1 / Artículo 1 / Inciso 2° Existiendo un estatuto jurídico sobre la familia plenamente vigente, el significado del precepto constitucional no puede ser alterado por una interpretación creativa (Ver)
24/08/2020 Capítulo 1 / Artículo 1 / Inciso 2° Orden público familiar. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 2 / Inciso 1° No es contrario al principio de igualdad ante la ley que las uniones entre personas del mismo sexo no otorguen efectos como matrimonio. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 1 / Artículo 1 / Inciso 2° El sistema filiativo en el orden público familiar chileno no vulnera el derecho de identidad del menor. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 16 / Inciso 1° No resulta razonable prohibir a los profesionales médicos especialistas extranjeros que acreditaron su idoneidad profesional para el ejercicio de la respectiva especialidad, el poder rendir efectivamente en dicha especialidad en el sector privado de salud. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 16 / Inciso 3° Es discriminatorio certificar una determinada idoneidad personal y afectarla con elementos que no controla, como quién lo va a emplear. (Ver)
24/08/2020 Capítulo 3 / Artículo 19 / Inciso 1° / Numeral 2 / Inciso 1° Es discriminatorio certificar una determinada idoneidad personal y afectarla con elementos que no controla, como quién lo va a emplear. (Ver)
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